Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los requisitos para dar de alta la luz?

¿Qué necesito para contratar la luz? Es una pregunta que probablemente todos nos hayamos hecho alguna vez.

Es importante que conozcas todos los requisitos para dar de alta la luz en tu vivienda y que así puedas tener preparado todos los documentos necesarios para agilizar el trámite.

¿QUÉ NECESITO PARA CONTRATAR LA LUZ?

Antes de conocer los requisitos para de alta la luz necesitamos saber en qué situación nos encontramos pudiendo existir dos posibilidades: que tengamos una vivienda nueva y queramos dar de alta la luz o que el inmueble ya haya tenido luz anteriormente y haya sido dado de baja voluntariamente o la compañía haya suspendido el suministro por impagos.

Así, depende de la circunstancia en la que nos encontremos necesitaremos una serie de documentos u otros.

Requisitos para dar de alta la luz en una vivienda nueva

A continuación os detallaremos todos los documentos necesarios para dar de alta la luz en nuestro inmueble nuevo.

  • Licencia de primera ocupación.
  • Cédula de habitabilidad extendida por el Organismo provincial del Ministerio de Obras Públicas o Comunidad Autónoma.
  • Certificado de instalación o Boletín Eléctrico.
  • CUPS (Código Universal del Punto de Suministro).
  • Potencia contratada.
  • Dirección donde se va a dar de alta el suministro.
  • Datos del titular del contrato.
  • Cuenta bancaria.

Requisitos para de dar de alta la luz en un inmueble que ya ha tenido suministro antes

En caso de que el inmueble haya tenido suministro eléctrico anteriormente y se quiera reanudar por baja, estos serán los documentos que necesito para contratar la luz:

  • CUPS (Código Universal del Punto de Suministro).
  • Potencia contratada.
  • Dirección donde se va a dar de alta el suministro.
  • Datos del titular del contrato.
  • Cuenta bancaria.

Como vemos, necesitaremos casi la misma información que si fuera un alta nueva excepto los documentos institucionales acreditativos del estado óptimo del inmueble para dar de alta el suministro.

CUÁNTO CUESTA DAR DE ALTA LA LUZ

Una vez conocemos todos los requisitos para dar de alta la luz conviene también tener en cuenta el precio que tiene este trámite ya que no es gratuito.

El coste puede variar en función de la situación en la que nos encontremos. Como en el caso anterior, el precio variará si queremos realizar un alta nueva o simplemente la reactivación del suministro anterior por baja.

El siguiente factor que influirá en el precio será la potencia que queramos contratar, a mayor potencia, mayor coste.

Una vez conocemos el estado del suministro, si será alta nueva o reanudación por baja y la potencia que queremos contratar, estos son los costes fijos que se habrán de asumir. Son fijos porque no varían de una comercializadora a otra, son siempre los mismos.

  • Derechos de extensión: que son de 17,37 euros el kW + IVA.
  • Derechos de acceso: que son de 19,40 euros el kW + IVA.
  • Derecho de enganche: que son 9,04 euros + IVA.

El cargo que implica el derecho de extensión se verá anulado en el caso en que el suministro lleve dado de baja un tiempo inferior tres años. En el caso de que se tramite un alta nueva se habrán de pagar todos los cargos, sin excepción.

Una vez tengo todos los requisitos para dar de alta la luz y sus costes tenemos que saber que todo esto no es instantáneo y que requiere cierto tiempo.

De este modo, desde que firmamos el contrato con nuestra comercializadora de confianza hasta que disponemos de luz en nuestra vivienda pueden pasar entre 5 y 7 días hábiles. Por ello, conviene ser precavidos y contar con todos los documentos exigidos a la hora de realizar el alta para que sea lo más rápido y ágil posible.

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