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¿Qué necesito para contratar la luz? Es una pregunta que probablemente todos nos hayamos hecho alguna vez.
Es importante que conozcas todos los requisitos para dar de alta la luz en tu vivienda y que así puedas tener preparado todos los documentos necesarios para agilizar el trámite.
Antes de conocer los requisitos para de alta la luz necesitamos saber en qué situación nos encontramos pudiendo existir dos posibilidades: que tengamos una vivienda nueva y queramos dar de alta la luz o que el inmueble ya haya tenido luz anteriormente y haya sido dado de baja voluntariamente o la compañía haya suspendido el suministro por impagos.
Así, depende de la circunstancia en la que nos encontremos necesitaremos una serie de documentos u otros.
A continuación os detallaremos todos los documentos necesarios para dar de alta la luz en nuestro inmueble nuevo.
En caso de que el inmueble haya tenido suministro eléctrico anteriormente y se quiera reanudar por baja, estos serán los documentos que necesito para contratar la luz:
Como vemos, necesitaremos casi la misma información que si fuera un alta nueva excepto los documentos institucionales acreditativos del estado óptimo del inmueble para dar de alta el suministro.
Una vez conocemos todos los requisitos para dar de alta la luz conviene también tener en cuenta el precio que tiene este trámite ya que no es gratuito.
El coste puede variar en función de la situación en la que nos encontremos. Como en el caso anterior, el precio variará si queremos realizar un alta nueva o simplemente la reactivación del suministro anterior por baja.
El siguiente factor que influirá en el precio será la potencia que queramos contratar, a mayor potencia, mayor coste.
Una vez conocemos el estado del suministro, si será alta nueva o reanudación por baja y la potencia que queremos contratar, estos son los costes fijos que se habrán de asumir. Son fijos porque no varían de una comercializadora a otra, son siempre los mismos.
El cargo que implica el derecho de extensión se verá anulado en el caso en que el suministro lleve dado de baja un tiempo inferior tres años. En el caso de que se tramite un alta nueva se habrán de pagar todos los cargos, sin excepción.
Una vez tengo todos los requisitos para dar de alta la luz y sus costes tenemos que saber que todo esto no es instantáneo y que requiere cierto tiempo.
De este modo, desde que firmamos el contrato con nuestra comercializadora de confianza hasta que disponemos de luz en nuestra vivienda pueden pasar entre 5 y 7 días hábiles. Por ello, conviene ser precavidos y contar con todos los documentos exigidos a la hora de realizar el alta para que sea lo más rápido y ágil posible.
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